<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20151104-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MÓSTOLES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/11/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Móstoles. Régimen económico. Precios públicos Área de Igualdad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>262</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-11-04-262261020150071</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/04/BOCM-20151104-61.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/04/BOCM-20151104-61.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/04/BOCM-20151104-61.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/04/BOCM-20151104-61.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Móstoles</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Móstoles. Régimen económico. Precios públicos Área de Igualdad 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.1.e) y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento puede establecer y exigir precios públicos por la prestación de servicios o la realización de actividades que se regularán por lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del citado Real Decreto Legislativo y por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, y por lo preceptuado en esta ordenanza. En el Ayuntamiento de Móstoles existe la ordenanza de normas generales para el establecimiento o modificación de precios públicos por este Ayuntamiento y los organismos autónomos y consorcios que dependan del mismo, que regula la implantación de los mismos, por lo que se procede a su publicación, contenido en la resolución 14/594, de 29 de septiembre de 2015, de la Junta de Gobierno Local sobre “Aprobar el establecimiento de precios públicos sobre distintas actividades incluidas en la programación del segundo semestre 2015. Área de Igualdad. Concejalía de Bienestar Social, Sanidad e Igualdad”, que son los siguientes:
  Segundo semestre de 2015:
  
 
   Los precios públicos aprobados y que entrarán en vigor a partir de su publicación.
  Móstoles, a 16 de octubre de 2015..La concejala-delegada de Bienestar Social, Sanidad e Igualdad, Ana María Rodrigo García.
  (03/30.537/15)</texto>
</documento>