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    <titulo>Madrid número 35. Procedimiento ordinario 1.187 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>263</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 
 130 
 Madrid número 35. Procedimiento ordinario 1.187 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.187 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Laureano Sebastiao Batista, frente a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Por su señoría se acuerda archivar la demanda presentada por don Laureano Sebastiao Batista, contra “Fomento de Construcciones y Contratas, Sociedad Anónima”, y “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, por no haber sido subsanados los defectos en los términos acordados en el acta de fecha 8 de julio de 2015 en el plazo legal concedido, dejando sin efecto el nuevo señalamiento acordado. Todo ello sin perjuicio del derecho de la parte a formular nuevamente su reclamación en nueva demanda.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2808/0000/60/1187/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaños.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de octubre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.969/15)</texto>
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