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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 610 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>263</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
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 Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 610 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 610 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adalina González Marrero, frente a doña Paloma Pilar Muñiz Vera y “La Tubería 2013, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 370 de 2015, de fecha 5 de octubre de 2015, siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Adalina González Marrero, contra la empresa “La Tubería 2013, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que le abone la cantidad de 1.122,58 euros, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta declaración.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Tubería 2013, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 5 de octubre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.916/15)</texto>
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