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    <titulo>– Rascafría. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa por documentos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>RASCAFRÍA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 27 
 Rascafría. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa por documentos 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 9 de octubre de 2015, aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza fiscal relativa a la tasa que a continuación se relaciona y por lo que respecta a la cuota tributaria:
  .	Tasa por documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte.
  La modificación de la citada ordenanza se encuentra expuesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por un plazo de treinta días, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Haciendo constar que, transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan producido reclamaciones, se elevará a definitivo el presente acuerdo plenario de 9 de octubre de 2015.
  En Rascafría, a 19 de octubre de 2015..La alcaldesa-presidenta, Beatriz Aguirre Santiago.
  (03/30.844/15)</texto>
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