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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 102 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>263</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 71 
 Madrid número 8. Ejecución 102 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en la ejecución número 102 de 2015-CH de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de doña Concepción Fernández Segovia, frente a “Power on Energy Spain, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  Se acuerda subsanar el defecto advertido en la parte dispositiva del auto de fecha 16 de junio de 2015, de manera que donde dice: “No haber lugar a la indemnización adicional por cuanto no se han acreditado la concurrencia de circunstancias y daños, ni se ha motivado su petición.”; debe decir: “Ha lugar a una indemnización complementaria por daños morales de 6.251 euros.”.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Pilar Varas García.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Power on Energy Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 6 de octubre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/29.981/15)</texto>
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