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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Urbanismo. Modificación puntual de planeamiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO 
 URBANISMO
 
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 Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Urbanismo. Modificación puntual de planeamiento 
  La Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, mediante Orden 2257/2015, de 29 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, aprobó definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, para la inclusión del uso deportivo como uso compatible en la ordenanza correspondiente a espacios libres y zonas verdes.
  Se procede ahora a la publicación del contenido íntegro de la parte del plan cuya publicación viene exigida por la legislación vigente, conforme dispone el artículo 661.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  
     
     
     
 
   Gargantilla del Lozoya, a 22 de octubre de 2015..El alcalde, Rafael García Gutiérrez
  (03/31.010/15)</texto>
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