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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 540 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 
 68 
 Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 540 de 2014 
  EDICTO
  Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 3 (anterior mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 540 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas número 540 de 2014, seguidos por amenazas, en los que han sido partes: doña Vasilica Angélica Gaspar, como denunciante, y don Mohamed Hossan Abderraman, como denunciado.
  Que debo absolver y absuelvo de toda responsabilidad penal por los hechos enjuiciados a don Mohamed Hossan Abderraman, con declaración de las costas de oficio.
  Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mohamed Hossan Abderraman, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 13 de octubre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/31.522/15)</texto>
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