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    <fecha_publicacion>2015/11/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 2. Juicio de faltas 107 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>270</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2 
 
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 Alcorcón número 2. Juicio de faltas 107 de 2015 
  EDICTO
  Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 107 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcorcón, a 1 de abril de 2015..El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 107 de 2015, sobre la presente falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, y como implicados: el centro comercial “Alcampo”, como denunciante, y don José Joel Ocampos, como denunciado, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente:
  Que debo condenar y condeno a don José Joel Ocampos, como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes de multa, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales causadas.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
  Asimismo, se pone en conocimiento de don José Joel Ocampos Aguilar que, en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a don José Joel Ocampos Aguilar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 29 de septiembre de 2015..La secretaria (firmado).
  (03/30.870/15)</texto>
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