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    <identificador>BOCM-20151123-10</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Modelo telemático
– Resolución de 28 de octubre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados. 
  De acuerdo con el Decreto 194/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, se atribuyen a la Dirección General de Agricultura y Ganadería las competencias en la tramitación y resolución de los expedientes administrativos para la concesión de autorizaciones y licencias previstas en la normativa aplicable a las materias competencia de esta Dirección General.
  De acuerdo con el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios (“Boletín Oficial del Estado” número 223, de 15 de septiembre de 2012), será el órgano competente de las comunidades autónomas los que acrediten la condición de asesor en gestión integrada de plagas (artículo 12.1), expidan el carné de usuario profesional (artículo 20.1) y efectúen la inscripción y asignación del número de registro (artículo 44.4).
  De acuerdo con el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola (“Boletín Oficial del Estado” número 24, de 28 de enero de 2015), será el órgano competente de las Comunidades Autónomas los que inscriban las explotaciones agrícolas que les corresponda, asignando a cada explotación agrícola un código (artículo 5.2).
  De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
  Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, los impresos normalizados se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por resolución del órgano correspondiente, previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.
  RESUELVO
  Primero
  Habilitación del Registro Telemático
  Se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a los siguientes procedimientos:
  .	Acreditación como asesor en Gestión Integrada de Plagas, obtención del carné de usuario profesional e Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria en la Comunidad de Madrid (Real Decreto 1311/2012).
  .	Inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) en la Comunidad de Madrid (Real Decreto 9/2015).
  Segundo
  Aprobación de modelos de solicitud
  Aprobar los modelos de solicitud que se adjuntan como Anexo, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  Madrid, a 28 de octubre de 2015..El Director General de Agricultura y Ganadería, José Luis Sanz Vicente.
  
     
     
     
     
 
   (03/33.063/15)</texto>
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