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    <fecha_publicacion>2015/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 208 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>278</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 
 167 
 Madrid número 37. Ejecución 208 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 208 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alexandra Pardo Quintero, frente a “Importadora Calzado Fregossi, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Alexandra Pardo Quintero, frente a la demandada “Importadora Calzado Fregossi, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.201,60 euros, más 640,32 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” 2810-0000-64-0208-15.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, María José García Castaño.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Importadora Calzado Fregossi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de octubre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/32.050/15)</texto>
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