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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3</departamento>
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    <titulo>Córdoba número 3. Ejecución 244 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>278</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3 
 
 178 
 Córdoba número 3. Ejecución 244 de 2015 
  EDICTO
  Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Córdoba.
  Hace saber: Que en los autos de ejecución de título judicial seguidos en este Juzgado bajo el número 244 de 2015, a instancias de la parte actora don Emilio Montilla Prieto y don Iván Darío Carbajo Cubero, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, se ha dictado auto de fecha 16 de octubre de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la cantidad de 13.086,77 euros en concepto de principal, desglosada de la siguiente manera:
  A don Emilio Montilla Prieto: 5.599,73 euros.
  A don Iván Darío Carbajo Cubero: 7.487,04 euros.
  Más 719,77 euros calculados provisionalmente para intereses y 1.308,67 euros para costas presupuestadas, y habiendo sido declarada la ejecutada “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de diez días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Antonio Jesús Rodríguez Castilla, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de Córdoba..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Córdoba, a 16 de octubre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/31.930/15)</texto>
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