<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20151125-2</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/11/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Convocatoria cursos selectivos
– Resolución de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Justicia y Seguridad, por la que se convocan los cursos selectivos de formación para el ingreso y para la promoción interna y movilidad en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid en sus distintas categorías profesionales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>1</pagina_final>
    <diario_numero>280</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-11-25-280241120150024</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/25/BOCM-20151125-2.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/25/BOCM-20151125-2.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/25/BOCM-20151125-2.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/11/25/BOCM-20151125-2.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
 2 
 RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Justicia y Seguridad, por la que se convocan los cursos selectivos de formación para el ingreso y para la promoción interna y movilidad en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid en sus distintas categorías profesionales. 
  La Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en su artículo 19 asignaba a la Comunidad de Madrid, a través de la Academia Regional de Estudios de Seguridad, las funciones de coordinación de la formación profesional de los policías locales de nuestra región; lo que se configura legal y reglamentariamente como un derecho y un deber de estos funcionarios, y como mérito en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo.
  En la actualidad, esta competencia debe entenderse atribuida a la Dirección General de Justicia y Seguridad, al haber procedido la Comunidad de Madrid, a través del artículo 5 de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, a la supresión de la Academia de Policía Local; disponiendo el mismo precepto legal la asunción de sus funciones por la entonces Dirección General de Seguridad e Interior, y permitiendo la celebración de los oportunos convenios de colaboración o encomiendas de gestión con otras Administraciones Públicas para el adecuado ejercicio de las mismas funciones, especialmente en materia de formación. 
  En cumplimiento de esta previsión legal, la Comunidad de Madrid suscribió con el Ministerio del Interior un convenio de colaboración para la realización de la formación de los Cuerpos de Policía Local en la Escuela Nacional de Policía, dependiente de la Dirección General de la Policía. Acuerdo que se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” de 5 de agosto de 2014, y cuyo objeto, según se estipula en su cláusula primera, es la realización de los cursos selectivos de formación, tanto para el ingreso en los citados Cuerpos, como para la promoción interna y movilidad dentro de los mismos. 
  De conformidad con lo establecido en los artículos 34, 35 y 37 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 33.1 y 44.1 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto 112/1993, de 28 de octubre, el procedimiento de selección para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local en sus distintas categorías profesionales, incluye, como la segunda de sus fases, la superación de un curso selectivo de formación con una duración no inferior a seis meses. 
  Asimismo, el citado artículo 37 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, en relación con los artículos 60.1 y 69.1 del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, dispone que el procedimiento de selección para la promoción interna y la movilidad que implique el ascenso en los Cuerpos de Policía Local en sus distintas categorías profesionales, contenga, como la segunda de sus fases, un curso selectivo de formación, a superar por los aspirantes, cuya duración no será inferior a tres meses. 
  En consideración de lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 20.1.e) del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en relación con el artículo 1 del Decreto 232/2015, de 3 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se fusionan la Dirección General de Justicia y la Dirección General de Seguridad de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, 
  RESUELVO
  Primero
  Convocar los cursos selectivos para el ingreso y para la promoción interna y movilidad en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid que se enuncian a continuación, que se realizarán en los centros que se indican, dependientes de la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, a partir del 18 de enero de 2016:
  .	LII curso selectivo de formación básica para policías locales de nuevo ingreso, con una duración de seis meses. 
  .	XXI curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de cabo, con una duración de tres meses.
  .	XIX curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de sargento, con una duración de tres meses.
  .	XI curso selectivo de formación para el ascenso a la categoría de suboficial, con una duración de tres meses.
  Estos cursos se impartirán (el primero de ellos en régimen de internado) en la Escuela Nacional de Policía, sita en la avenida de Juan Carlos I, número 46, de la ciudad de Ávila.
  .	X curso selectivo de formación superior para el acceso a la categoría de oficial, con una duración de seis meses.
  .	X curso selectivo de formación superior para el ascenso a la categoría de oficial, con una duración de tres meses.
  .	VI curso selectivo de formación superior para el ascenso a la categoría de subinspector, con una duración de tres meses.
  	Estos cursos se impartirán en el Centro de Altos Estudios Policiales del Cuerpo Nacional de Policía, sito en la plaza Carabanchel, número 5, de la ciudad de Madrid.
  Segundo
  Solicitar a los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid en los que se estén realizando procesos selectivos para el acceso o para el ascenso en sus respectivos Cuerpos de Policía Local que comuniquen a este centro directivo en el plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación de aspirantes que hayan superado la correspondiente fase de oposición o de concurso-oposición; y que deberán, por consiguiente, incorporarse como alumnos en alguno de los cursos enumerados.
  A tal fin deberán aportar la siguiente documentación de los aspirantes seleccionados: 
  .	Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. 
  .	Nombramiento como funcionarios en prácticas por el órgano municipal competente, o certificación expedida por Secretaría del Ayuntamiento que acredite la superación de la primera fase del proceso selectivo.
  .	Inscripción en el correspondiente régimen de Seguridad Social o mutualidad laboral que asegure la contingencia de accidente de trabajo y enfermedad profesional, con indicación del centro sanitario de referencia más próximo al centro de formación.
  No obstante, aquellos Ayuntamientos que hayan convocado procesos selectivos, cuya primera fase no haya finalizado en la fecha de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, podrán realizar una reserva de plazas en los cursos correspondientes, quedando obligados a remitir a esta Dirección General la relación de alumnos, con la documentación indicada, antes del día del inicio de aquellos.
  Tercero
  Informar a los Ayuntamientos a los que pertenezcan los aspirantes seleccionados de las siguientes consideraciones:
  a)	Durante el tiempo que permanezcan realizando los cursos de formación convocados, los alumnos de los Cuerpos de Policía Local tendrán la condición de funcionarios en prácticas de su Ayuntamiento, por lo que percibirán las retribuciones establecidas por la Corporación Local de procedencia.
  b)	La formación impartida en los citados cursos no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los alumnos de los Cuerpos de Policía Local, sin perjuicio del abono de los gastos de alojamiento, manutención y lavandería que se determinen para aquellos que asistan a la Escuela Nacional de Policía en régimen de internado. 
  c)	A los alumnos pertenecientes a los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid les serán de aplicación las normas internas de régimen docente y régimen disciplinario de la Escuela Nacional de Policía o, en su caso, del Centro de Altos Estudios Policiales; reconociéndoseles los mismos derechos y obligaciones que al alumnado del Cuerpo Nacional de Policía en relación con el uso de sus instalaciones.
  d)	Los alumnos de los Cuerpos de Policía Local deberán asistir al curso para el que hayan sido seleccionados vistiendo su uniforme reglamentario, y deberán estar provistos de las prendas deportivas y de los medios de dotación necesarios para las actividades y prácticas lectivas programadas, según la información que se les facilite con anterioridad a su inicio. 
  Madrid, a 16 de noviembre de 2015..La Directora General de Justicia y Seguridad, María Cristina Díaz Márquez.
  (03/34.256/15)</texto>
</documento>