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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/11/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento ordinario 528 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 174 
 Madrid número 28. Procedimiento ordinario 528 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Luis Espinosa Navarro, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 528 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Aurelio Zorrilla Oliver, doña Gema Caraballo Campos, don Javier Ochoa Jacome, don Lucas Javier Domínguez Corda, don Manuel Arcas Díaz, don Manuel Cristóbal Cristóbal y don Sebastián Alfonso Ferrero Arce, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 328 de 2015
  En Madrid, a 27 de octubre de 2015..Don Luis Martín de Nicolás Muñoz, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, vistas las actuaciones y el juicio del presente, seguidos a instancias don Manuel Arcas Díaz, doña Gema Caraballo Campos, don Francisco Aurelio Zorrilla Oliver, don Lucas Javier Domínguez Corda, don Sebastián Alfonso Ferrero Arce, don Javier Ochoa Jacome y don Manuel Cristóbal Cristóbal, asistidos de la letrada doña Teresa Lourdes Aguirre García, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey y en el ejercicio de la potestad jurisdiccional regulada en la Constitución ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimo la demanda interpuesta por los seguidamente relacionados, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y condeno a la parte demandada a que abone a los demandantes las siguientes cantidades:
  A don Manuel Arcas Díaz: 1.674,36 euros.
  A doña Gema Caraballo Campos: 1.501,21 euros.
  A don Francisco Aurelio Zorrilla Oliver: 2.443,64 euros.
  A don Lucas Javier Domínguez Corda: 1.887,01 euros.
  A don Sebastián Alfonso Ferrero Arce: 1.764,53 euros.
  A don Javier Ochoa Jacome: 1.925,87 euros.
  A don Manuel Cristóbal Cristóbal: 1.627,06 euros.
  Así como el 10 por 100 anual de interés por mora para todos.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que es firme y no cabe recurso contra ella.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación y archivo
  La presente sentencia se publica y deposita en la oficina judicial, ordenándose por el secretario judicial su notificación y archivo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de octubre de 2015..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/32.442/15)</texto>
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