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    <titulo>– Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Registro parejas de hecho</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Registro parejas de hecho 
  El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 2015, acordó la aprobación inicial del Reglamento para la Creación y Regulación del Registro Municipal de Parejas de Hecho, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Morata de Tajuña, a 17 de noviembre de 2015..El alcalde, Ángel M. Sánchez Sacristán.
  (03/33.475/15)</texto>
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