<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20151202-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/12/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 24 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>286</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-12-02-286261120150218</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/02/BOCM-20151202-104.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/02/BOCM-20151202-104.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/02/BOCM-20151202-104.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/02/BOCM-20151202-104.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 104 
 Madrid número 2. Ejecución 24 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 24 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Garzón Fernández, frente a “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de fecha 3 de noviembre de 2015, cuya parte dispositiva literalmente dice:
  Por recibida diligencia negativa de notificación remitida por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos, se une a los autos, y consultada la base de datos del Registro Mercantil Central, el domicilio que consta en dicho registro es el mismo en el que se ha intentado practicar la diligencia de notificación con el resultado negativo que obra en las actuaciones, y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento. 
  No constando en las actuaciones la notificación de las diligencias de fechas 7 de julio de 2015 y 9 de septiembre de 2015 a la empresa ejecutada, se procede a su notificación, conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, fijando una copia de las resoluciones en el tablón de anuncios de esta oficina judicial.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mitos Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/32.921/15)</texto>
</documento>