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    <fecha_publicacion>2015/12/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 96. Juicio verbal 955 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96 
 
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 Madrid número 96. Juicio verbal 955 de 2014 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 955 de 2014, entre don Ismael Fernández Lanchas, doña Marta Pedraza Chorico y don Álvaro Rodríguez García, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 172 de 2015
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2015..Vistos por doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 96 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el  número 955 de 2014, a instancias de don Ismael Fernández Lanchas, frente a don Álvaro Rodríguez García y doña Marta Pedraza Chorico, vengo a resolver conforme a lo siguiente:
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por don Ismael Fernández Lanchas, contra don Álvaro Rodríguez García y doña Marta Pedraza Chorico, condeno a los demandados a que abonen al actor la suma de 499,13 euros, intereses por mora desde la interpelación judicial y las cosas causadas.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de las mismas, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a don Álvaro Rodríguez García y doña Marta Pedraza Chorico expido y firmo la presente en Madrid, a 14 de septiembre de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.665/15)</texto>
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