<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20151216-123</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/12/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 527 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>298</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-12-16-298111220150076</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/16/BOCM-20151216-123.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/16/BOCM-20151216-123.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/16/BOCM-20151216-123.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/12/16/BOCM-20151216-123.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
 123 
 Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 527 de 2015 
  EDICTO
  Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. 
  Hago saber: Que en el procedimiento número 527 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Suárez Serrano, frente a “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Almudena Suárez Serrano, contra “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a la actora la cantidad de 1.313,19 euros, más el 10 por 100 de interés por mora devengado; y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta declaración.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “New Coach Touring, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 12 de noviembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/34.422/15)</texto>
</documento>