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    <identificador>BOCM-20151217-55</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FUENTE EL SAZ DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/12/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto de vehículos de tracción mecánica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal impuesto de vehículos de tracción mecánica 
  Se hace público a los efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo definitivo, por no haberse presentado reclamaciones al acuerdo provisional de fecha 23 de septiembre de 2015, durante el período de exposición pública, el texto del acuerdo siguiente:
  ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2, REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
  Se modifica el texto del artículo que se señala, quedando como sigue:
  Modificación parcial del apartado 2 del artículo 4 (bonificaciones):
  En la redacción actual, donde dice: “A los recibos de padrón domiciliados en entidad financiera de este impuesto, se les aplicará una bonificación del 2 por 100 de la cuota, con un límite de 20 euros”.
  Se sustituye por: “A los recibos del  padrón de este impuesto domiciliados en entidad financiera, se les aplicará una bonificación del 1,50 por 100 de la cuota, con un límite de 20,00 euros.
  Fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2016.
  En Fuente el Saz de Jarama, a 3 de diciembre de 2015..La Alcaldesa, María José Moñino Muñoz.
  (03/35.651/15)</texto>
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