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    <identificador>BOCM-20151223-150</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/12/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 280 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>304</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 
 150 
 Madrid número 38. Ejecución 280 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Bartolomé Ventura Molina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 280 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abel Fernández Espinosa, don Ángel Galindo Cabezas, don Claudio Wálter Petrán, don Cristian Andreix Petrán, don Isidro García Camiña, don Jesús Casaseca Landaburu, don José Ángel Yugueros Saco, don Juan Alonso Garrido, don Julio Humberto García Miranda, don Luis Humberto Bustos Ocampo, don Mahmoud Mohamed Ali Mohamed, doña María del Carmen Ávila Ramírez, doña María Lourdes Fernández Abad, don Marius Ioan Crisan, don Pedro Ambite García, don Razvan Cosmin Moga, don Richard Mayser Rojas, don Sotir Stelian, don Urbano Díaz Gómez y don Vasile Valentin Ion, frente a “Blanco y Regional de Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Juan Alonso Garrido, don Pedro Ambite García, doña María del Carmen Ávila Ramírez, don Luis Humberto Bustos Ocampo, don Jesús Casaseca Landaburu, don Marius Ioan Crisan, don Urbano Díaz Gómez, doña María Lourdes Fernández Abad, don Abel Fernández Espinosa, don Ángel Galindo Cabezas, don Isidro García Camiña, don Julio Humberto García Miranda, don Vasile Valentin Ion, don Mahmoud Mohamed Ali Mohamed, don Richar Mayser Rojas, don Razvan Cosmin Moga, don Claudio Wálter Petrán, don Cristian Andreix Petrán, don Sotir Stelian y don José Ángel Yugueros Saco, frente a la demandada “Blanco y Regional de Servicios, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 70.422,12 euros, de los cuales corresponden, respectivamente:
  A don Juan Alonso Garrido, 4.890,03 euros.
  A don Pedro Ambite García: 1.977,84 euros.
  A doña María del Carmen Ávila Ramírez: 4.036,63 euros.
  A don Luis Humberto Bustos Ocampo: 2.969,57 euros.
  A don Jesús Casaseca Landaburu: 3.915,63 euros.
  A don Marius Ioan Crisan: 1.975,86 euros.
  A don Urbano Díaz Gómez: 6.668,96 euros.
  A doña María Lourdes Fernández Abad: 4.072,24 euros.
  A don Abel Fernández Espinosa: 2.036,63 euros.
  A don Ángel GalinA do Cabezas: 4.072,24 euros.
  A don Isidro García Camiña: 4.072,24 euros.
  A don Julio Humberto García Miranda: 4.072,24 euros.
  A don Vasile Valentin Ion: 379,06 euros.
  A don Mohamed Alí Mahmoud Mohemad: 4.072,24 euros.
  A don Richar Mayser Rojas: 6.360,07 euros.
  A don Razvan Cosmin Moga: 1.958,28 euros.
  A don Claudio Wálter Petrán: 3.915,63 euros.
  A don Cristian Andreix Petrán: 979,14 euros.
  A don Sotir Stelian: 4.099,96 euros.
  A don José Ángel Yugueros Saco: 3.915,63 euros.
  Más 14.084,31 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2708/0000/64/0280/15.
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2708/0000/64/0280/15.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Blanco y Regional de Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 19 de noviembre de 2015..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.245/15)</texto>
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