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    <titulo>– Quijorna. Régimen económico. Ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>QUIJORNA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Quijorna. Régimen económico. Ordenanzas fiscales 
  A los efectos de los artículos 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se somete a información pública el expediente número 978/2015, de aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal número 46, de gestión, recaudación e inspección (artículo 24.bis y disposición transitoria tercera), que fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Quijorna el 10 de diciembre de 2015, según el siguiente detalle:
  Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: treinta días hábiles a partir de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Oficina de presentación: Registro General, en horas de oficina de lunes a viernes de nueve a catorce horas, y los lunes, también de diecisiete a diecinueve y treinta horas.
  Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  Acuerdo definitivo: de conformidad con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, arriba citada, y artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, finalizado el período de exposición pública sin que los interesados hayan presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
  Quijorna, a 16 de diciembre de 2015..El alcalde, Florentino Serrano Villena.
  (03/36.855/15)</texto>
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