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    <titulo>– Torrelodones. Régimen económico. Modificación precios públicos servicios de deportes</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrelodones</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 96 
 Torrelodones. Régimen económico. Modificación precios públicos servicios de deportes 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2015, adoptó acuerdo de modificación del articulado de los precios públicos por “Servicios de deportes”, procediéndose a la publicación del mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los términos que a continuación se indican.
  Contra el presente acuerdo podrá interponerse, a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que se establecen en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
  MODIFICACIÓN DEL ARTICULADO DEL ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO NÚMERO 1, DE PRECIOS PÚBLICOS POR SERVICIOS DE DEPORTES
  Supuestos especiales
  1.  Familias numerosas. Se aplicarán las siguientes reducciones: 
  .	Tres hijos: 30 por 100.
  .	Cuatro hijos: 40 por 100.
  .	Cinco o más hijos: 50 por 100.
  2.  El Ayuntamiento de Torrelodones podrá firmar convenios con entidades públicas y privadas, que tengan por objeto la utilización de las instalaciones deportivas por las personas pertenecientes a dichas entidades públicas y privadas relacionadas con Torrelodones. Dicha utilización solo podrá realizarse para “horario valle”, fijándose dicho horario en el propio convenio. A tal efecto, se crea la “cuota de convenio”, que será igual a la del abonado individual, y que dará derecho a las personas que se pueden acoger a dicho convenio a utilizar las instalaciones en el “horario valle”.
  3.  Para beneficiarse de las reducciones o bonificaciones señaladas en los apartados anteriores, se deberá estar al corriente de pago en las obligaciones con el Ayuntamiento a día 1 de enero.
  Torrelodones, a 22 de diciembre de 2015..La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.
  (03/37.361/15)</texto>
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