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    <fecha_publicacion>2016/01/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento ordinario 717 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 107 
 Madrid número 14. Procedimiento ordinario 717 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 717 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nelly Fabiola Paredes Medina, frente a la comunidad de propietarios de la calle Caballero de Gracia, número 10, y “Punto 2 Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 20 de octubre de 2015.
  La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que se recibe de la oficina de reparto escrito presentado por doña Nelly Fabiola Paredes Medina desistiendo de su pretensión frente a parte de las demandadas. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 20 de octubre de 2015..Dada cuenta; y
  Parte dispositiva:
  Se tiene por desistida la demanda en el presente proceso respecto de la demandada comunidad de propietarios de la calle Caballero de Gracia, número 10.
  Continúese el proceso respecto de la demás demandada.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Punto 2 Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Madrid, a 3 de diciembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.174/15)</texto>
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