<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160108-63</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/01/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 91. Juicio verbal 851 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>6</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-01-08-6070120160017</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/08/BOCM-20160108-63.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/08/BOCM-20160108-63.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/08/BOCM-20160108-63.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/08/BOCM-20160108-63.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91 
 
 63 
 Madrid número 91. Juicio verbal 851 de 2014 
  EDICTO
  En el Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en fecha 5 de febrero de 2015, se ha dictado sentencia por el ilustrísimo magistrado-juez de este Juzgado de primera instancia, don Eduardo Corral Corral, contra la que cabe recurso de apelación, que deberá interponerse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, previa constitución del depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, y cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  En Madrid, a 5 de febrero de 2015..Vistos por don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de esta localidad, los autos de juicio declarativo verbal número 851 de 2014, seguidos a instancias de don Álvaro Martínez Lozano, representado por la procuradora doña Mercedes Marín Iribarren y asistido por el letrado don Gonzalo Guede Merino, contra don Alejandro José Fernández Marco, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando de forma parcial la demanda interpuesta por don Álvaro Martínez Lozano, contra don Alejandro José Fernández Marco, debo condenar y condeno a dicho demandado a abonar al actor la cantidad de 4.773,59 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la fecha de la presentación de la demanda (18 de junio de 2014), y el del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la presente resolución, ello sin hacer expresa imposición de costas.
  Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.
  Notifíquese a las partes, conforme determina el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciéndoles saber que contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.
  Al encontrarse el demandado en paradero desconocido notifíquesele la sentencia mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Así lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid, en el día de la fecha..Doy fe.
  Encontrándose el demandado don Alejandro José Fernández Marco en ignorado paradero, sirva la presente para su notificación en forma.
  En Madrid, a 5 de junio de 2015..La secretaria (firmado).
  (02/6.214/15)</texto>
</documento>