<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160112-81</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/01/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Organización y funcionamiento. Periodicidad sesiones de la Junta de la Mancomunidad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>9</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-01-12-9040120160108</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/12/BOCM-20160112-81.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/12/BOCM-20160112-81.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/12/BOCM-20160112-81.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/01/12/BOCM-20160112-81.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL VALLE NORTE DEL LOZOYA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 81 
 Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya. Organización y funcionamiento. Periodicidad sesiones de la Junta de la Mancomunidad 
  Por la Junta de la Mancomunidad, en sesión extraordinaria de 12 de agosto de 2015, se han adoptado diferentes acuerdos relativos a la organización de la Mancomunidad, cuyos extractos son los siguientes:
  1.  Establecimiento de la periodicidad de las sesiones de la Junta de la Mancomunidad
  Tras la pertinente votación, se acordó: celebrar las sesiones ordinarias de la Mancomunidad, con una periodicidad trimestral, esto es; el segundo jueves de los meses de enero, marzo, junio y septiembre de cada año, a las diecinueve y treinta horas, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya o lugar habilitado al efecto.
  2.  Creación y composición de las comisiones informativas
  Tras la pertinente votación, se acordó: aprobar la creación de las comisiones informativas, siguientes: 
  .	Servicios.
  .	Turismo.
  Dichas comisiones, estarán inicialmente integradas por los siguientes vocales:
  .	Servicios:
  	Presidente: don Ángel Martínez Herrero.
  	Vocales:
  	Don Francisco Javier del Valle Morales.
  	Don Jaime Sanz Lozano.
  	Don Pedro Manuel Lapuente Feliú. 
  	Don Francisco Sanz Gutiérrez. 
  	Doña Gema Lidia Fernández Carretero. 
  	Don Francisco Javier Briceño Gil.
  .	Turismo:
  	Presidente: don Ángel Martínez Herrero.
  	Vocales:
  	Don Francisco Javier del Valle Morales.
  	Doña María Cano García
  	Don Pedro Manuel Lapuente Feliú. 
  	Don Jesús María de Serranos Ramírez.
  3.  Creación de la Comisión Especial de Cuentas
  Tras la pertinente votación, se acordó: aprobar la creación de la Comisión Especial de Cuentas, cuyo funcionamiento se acomodará a lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, siendo su carácter de permanente.
  Estando integrada la misma por los siguientes miembros:
  Presidente de la Comisión: don Ángel Martínez Herrero.
  Vocales:
  .	Doña María Cano García.
  .	Don Pedro Manuel Lapuente Feliú. 
  .	Don Francisco González Álvarez
  .	Doña Eva Gallego Berzal.
  4.  Constitución de la Junta de Gobierno Local
  Tras la pertinente votación se acordó:
  Primero..Constituir la Junta de Gobierno Local de la Mancomunidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 27.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
  Segundo..Designar como miembros de la Junta de Gobierno Local de esta Mancomunidad, a los siguientes integrantes de la misma.
  Presidente: don Ángel Martínez Herrero.
  Vocales:
  .	Don Juan Antonio Montoya Vallejo.
  .	Doña María Cano García.
  .	Don Francisco González Álvarez. 
  .	Doña Gema Lidia Fernández Carretero. 
  Tercero..Las competencias de la Junta de Gobierno Local serán aquellas que tanto la Presidencia como la Junta de la Mancomunidad le deleguen.
  5.	Delegación de competencias de la Junta de la Mancomunidad en la Presidencia y Junta de Gobierno Local 
  Tras la pertinente votación se acordó:
  Primero..Delegar en la Presidencia la solicitud de todo tipo de subvenciones hasta un límite de 100.000,00 euros, IVA incluido.
  Segundo..Delegar en la Junta de Gobierno Local, la solicitud de todo tipo de subvenciones desde 100.001,00 euros, IVA incluido, hasta un límite de 200.000,00 euros, IVA incluido.
  6.	Régimen de retribuciones y dedicación de los miembros de la Mancomunidad y régimen de indemnizaciones del resto de los integrantes de la Junta 
  Tras la pertinente votación se acordó:
  Primero..Determinar que el cargo de presidente realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva.
  Segundo..Establecer a favor de la Presidencia, al desempeñar su cargo en régimen de dedicación exclusiva, la retribución que a continuación se relaciona, que se percibirá en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darle de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Mancomunidad, el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
  .	El cargo de presidente percibirá una retribución anual bruta de 40.000,00 euros.
  Tercero..1.o  Establecer a favor del resto de los miembros de la Junta de la Mancomunidad una indemnización de 40,00 euros por asistencia a las sesiones de la Junta de la Mancomunidad, ya sean ordinarias como extraordinarias.
  2.o  Establecer a favor de los integrantes de la Junta de Gobierno Local, una indemnización de 35,00 euros, por asistencia a las Juntas de Gobierno Local, ya sean ordinarias como extraordinarias.
  3.o  Establecer a favor de los integrantes de las diferentes comisiones informativas una indemnización de 20,00 euros por asistencia a las reuniones de las comisiones informativas, ya sean ordinarias como extraordinarias.
  Cuarto..Establecer una indemnización de 0,19 euros/kilómetro, en concepto de desplazamiento a favor de los miembros de la Junta, por asistencia a reuniones oficiales de la Mancomunidad, fuera de la localidad, con indicación del organismo y asuntos a tratar, si se utiliza vehículo propio, en el caso de uso de transporte público, se abonará el importe del billete, de igual modo se hará efectivo el pago de los costes de aparcamiento, previa justificación, para ello se deberá contar previamente con autorización de la Presidencia. En cuanto a las dietas por manutención, se abonarán contra presentación de la correspondiente factura.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  En Buitrago del Lozoya, a 26 de noviembre de 2015..El presidente, Ángel Martínez Herrero.
  (03/37.600/15)</texto>
</documento>