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    <identificador>BOCM-20160112-85</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/01/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 5. Procedimiento ordinario 1.139 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 5 
 
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 Móstoles número 5. Procedimiento ordinario 1.139 de 2013 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario, entre “BMW Bank GmbH” (sucursal en España) y don Juan Carlos Rodríguez Blanco, en reclamación de 8.915,99 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 99 de 2015
  En Móstoles, a 30 de junio de 2015..En nombre de Su Majestad el Rey.
  Vistos por la ilustrísima señora doña Beatriz López Frago, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles, los presentes autos de juicio ordinario número 1.139 de 2013, tramitados en este Juzgado a instancias de “BMW Bank GmbH” (sucursal en España), representada por el procurador de los tribunales don José Miguel Sampere Meneses y asistida por el letrado don Rubén Pastor Villarubia, contra don Juan Carlos Rodríguez Blanco, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad. y...
  Fallo
  Estimando en parte la demanda formulada por “BMW Bank GmbH”, representada por el procurador de los tribunales señor Sampere Meneses, contra don Juan Carlos Rodríguez Blanco, declarado en rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la suma de 8.915,99 euros de principal, cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos a contar desde la presente resolución y hasta su completo pago. Sin hacer expresa imposición de las costas de este procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, haciéndose saber a las mismas que para la interposición de dicho recurso deberán constituir depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, lo cual deberán acreditar al tiempo de interposición del recurso, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del mismo en caso contrario.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a don Juan Carlos Rodríguez Blanco expido y firmo la presente en Móstoles, a 15 de diciembre de 2015..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/6.241/15)</texto>
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