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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento 651 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 
 180 
 Madrid número 40. Procedimiento 651 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 651 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dessilav Lyubenov Nachev, frente a “Ajan Proyectos y Construcción, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de fecha 27 de julio de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Estimo el recurso de reposición interpuesto por don Dessilav Lyubenov Nachev contra el auto de fecha 23 de junio de 2015, que se repone en el sentido de que se admite la prueba consistente en que se solicite al “Banco Santander” para que remita certificado de horas semanales trabajadas por el demandante durante el período de 3 de marzo de 2014 hasta el 29 de mayo de 2015.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (artículo 187.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), sin perjuicio de poder efectuar la alegación correspondiente en el acto de la vista.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la magistrada-juez de lo social doña Yolanda Martínez Álvarez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ajan Proyectos y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de diciembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.773/15)</texto>
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