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    <fecha_publicacion>2016/01/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento 1.315 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
 183 
 Móstoles número 1. Procedimiento 1.315 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.315 de 2014-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rodrigo Ochaita Vallejo, frente al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, doña Ana Verdugo Martín y “On Orad 6 España, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimar la demanda de despido interpuesta por don Rodrigo Ochaita Vallejo, contra doña Ana Verdugo Martín, “On Orad 66 España, Sociedad Limitada”, y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a “On Orad 66 España, Sociedad Limitada”, a pagar al actor la indemnización de 4.537,50 euros.
  Debo absolver y absuelvo a doña Ana Verdugo Martín, al Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias y al Fondo de Garantía Salarial.
  Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Rodrigo Ochaita Vallejo, contra doña Ana Verdugo Martín, “On Orad 66 España, Sociedad Limitada”, y el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, condenando a “On Orad 66 España, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 550 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, respondiendo solidariamente el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias de la cantidad de 110 euros.
  Debo absolver y absuelvo a doña Ana Verdugo Martín y al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el “Banco Santander”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
  Además, se advierte a “On Orad 66 España, Sociedad Limitada”, que debe acompañar al escrito de interposición del recurso de suplicación el justificante del pago de la tasa conforme a lo previsto en los artículos 4, 7 y 8 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, sin perjuicio de las exenciones previstas en tal norma legal.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “On Orad 6 España, Sociedad Limitada”, y doña Ana Verdugo Martín, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 27 de noviembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.836/15)</texto>
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