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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Actualización del inventario de bienes y derechos</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Actualización del inventario de bienes y derechos 
  El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria celebrada el 23 de diciembre de 2015, aprobó la actualización del inventario de bienes y derechos del Ayuntamiento, siendo la parte dispositiva del acuerdo del siguiente tenor literal:
  Primero..Aprobar la actualización del inventario de bienes y derechos del Ayuntamiento, con el contenido que figura en el anexo a esta propuesta, de la que forma parte integrante, y que consta de los siguientes apartados:
  a)	Bienes inmuebles, que comprenden los bienes rústicos y urbanos, de dominio público (uso y servicio público) y patrimoniales, y dentro de estos últimos los bienes integrantes del Patrimonio Municipal de Suelo. 
  b)	Vehículos.
  c)	Ordenadores, información que procede directamente el servicio de informática.
  d)	Obras de arte, agrupadas en el programa PATROS bajo la denominación de “Muebles históricos”, a los que se añade una relación de obras situadas en la vía pública.
  Segundo..Que por la Intervención municipal se practiquen los ajustes y operaciones que procedan a fin de adecuar los registros contables figurantes en la contabilidad pública a la realidad patrimonial deducida de la aprobación de la presente actualización del inventario.
  Tercero..Se remitirá una copia del inventario aprobado a la Administración General del Estado y a la Comunidad de Madrid, en cumplimiento del artículo 32 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
  Cuarto..Contra este acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:
  a)	Con carácter potestativo un recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  b)	Directamente un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Lo que se hace público a los efectos del artículo 60 de la Ley 30/1992.
  Villaviciosa de Odón, a 28 de diciembre de 2015..El alcalde-presidente, José Jover Sanz. 
  (03/37.838/15)</texto>
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