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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2016/01/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Resolución proceso selectivo
– Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de plazas de carácter laboral correspondientes al proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a la categoría profesional de Titulado Medio, Terapia Ocupacional (Grupo II, Nivel 7, Área D)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de plazas de carácter laboral correspondientes al proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a la categoría profesional de Titulado Medio, Terapia Ocupacional (Grupo II, Nivel 7, Área D). 
  Mediante Orden de 3 de abril de 2009, de la entonces Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio), se convocó el proceso extraordinario de consolidación de empleo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio, Terapia Ocupacional (Grupo II, Nivel 7, Área D).
  Por Resolución de 17 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de noviembre), se resolvió el proceso de referencia, declarando, a propuesta del Tribunal Calificador de las citadas pruebas, los aspirantes que habían superado el mismo, y habilitando el plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de dicha Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los aprobados procedieran a la acreditación de los requisitos exigidos para participar en el mencionado proceso y a la correspondiente elección de destinos.
  Habiendo transcurrido el plazo señalado, y de conformidad con el Acuerdo de 23 de septiembre de 2014, de encomienda de gestión entre la Dirección General de Función Pública y la Secretaría General Técnica de la entonces Consejería de Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de septiembre), en materia de adjudicación de puestos en el marco, entre otros, de este proceso extraordinario de consolidación de empleo, con fecha 23 de diciembre de 2015 tiene entrada en la Dirección General de Función Pública la propuesta de adjudicación de plazas que corresponde efectuar en el mismo y que es elevada, a tal efecto, por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
  En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las competencias que tiene atribuidas por la normativa vigente,
  RESUELVE
  Primero
  Adjudicar destino a los aspirantes que han superado el proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución, de conformidad con la propuesta formulada, a tal efecto, por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.
  Segundo
  Por las Unidades responsables de Personal de las Consejerías, Organismos, Entes o Centros hospitalarios que, en cada caso, corresponda, se procederá a la formalización de los contratos con los adjudicatarios, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
  A tal efecto, en el período comprendido entre los días 20 y 22 de enero de 2016, ambos inclusive, los interesados habrán de personarse en dichas Unidades, debiendo ir provistos de su DNI o de cualquier otro documento oficial acreditativo de su identidad, así como del documento de afiliación a la Seguridad Social y de los correspondientes datos bancarios.
  Tercero
  La presente Resolución tendrá efectos, con carácter general, de 1 de febrero de 2016, si bien en el supuesto de que alguno de los interesados se encontrase en situación que pudiera dar lugar a la suspensión de la relación laboral, la eficacia de esta Resolución se producirá en el momento de su efectiva incorporación al puesto de trabajo.
  Cuarto
  Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 23 de diciembre de 2015..El Director General de Función Pública, Antonio López Porto.
  
     
 
   (03/146/16)</texto>
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