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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento 380 de 2014</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 9 
 Madrid número 1. Procedimiento 380 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 380 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rita Ferrer García, frente a don Francisco Javier Ramos Quiñones y “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 359 de 2015
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2015..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en demanda de extinción de contrato, a instancias de doña Rita Ferrer García, frente a la empresa “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, y don Francisco Javier Ramos Quiñones. Ha sido llamado el Fondo de Garantía Salarial.
  Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,
  Fallo
  Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, previa absolución de don Francisco Javier Ramos Quiñones y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial, en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, declaro extinguido en la fecha de esta sentencia el contrato de trabajo que vinculaba a doña Rita Ferrer García con la empresa “Meister Sociedad Asesora, Sociedad Limitada”, a la que condeno a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la parte actora una indemnización de 11.289,21 euros y la cantidad de 26.600,00 euros en concepto de salarios devengados desde septiembre de 2013 hasta agosto de 2015, ambos meses incluidos.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a la partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0049, oficina 3569, DC 92, número de cuenta 0005001274, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499000000 y número del presente procedimiento judicial (unido sin separación a la numeración del “Concepto”, con seis dígitos, cuatro para el número del procedimiento y los dos últimos para el año), en la sucursal correspondiente del “Banco Santander”, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300,00 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Javier Ramos Quiñones, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de diciembre de 2015..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/37.464/15)</texto>
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