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    <titulo>León número 1. Procedimiento ordinario 752 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1 
 
 157 
 León número 1. Procedimiento ordinario 752 de 2015 
  EDICTO
  Doña Raquel Martín Andrés, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de León.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Sergio Díez Álvarez, contra Fondo de Garantía Salarial, “Minerplan, Sociedad Limitada”, “Hullera Vasco Leonesa, Sociedad Anónima”, administración concursal de “Hullera Vasco Leonesa, Sociedad Anónima”, “Inproobras, Sociedad Limitada”, “Carbones del Norte, Sociedad Anónima”, “Cantil Inversiones, Sociedad Anónima”, “Centro de Investigación y Desarrollo, Sociedad Anónima”, “Talleres Peña El Castro, Sociedad Limitada”, “Industrias del Fenar, Sociedad Anónima” y “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 752 de 215 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5 de abril de 2016, a las nueve treinta y diez horas, en avenida Sáenz de Miera, número 6, Salas 8 y 9, respectivamente, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
  En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, podrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, puede este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de citación a “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En León, a 20 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  
  (03/3.099/16)</texto>
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