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    <titulo>– Tres Cantos. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Tres Cantos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Tres Cantos. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales 
  En los Servicios Económicos (Rentas/Atención Vecinal) de este Ayuntamiento, y a los efectos de los artículos 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se halla expuesto al público el expediente del acuerdo provisional adoptado por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 28 de enero de 2016, relativos a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y actividades culturales y de ocio.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
  a)	Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro del Ayuntamiento.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
  Tres Cantos, a 1 de febrero de 2016..El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.
  (03/3.639/16)</texto>
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