<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160212-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VILLAMANTA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/02/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Villamanta. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa servicios de agua</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>36</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-02-12-36050220160184</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/12/BOCM-20160212-102.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/12/BOCM-20160212-102.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/12/BOCM-20160212-102.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/12/BOCM-20160212-102.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 102 
 Villamanta. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa servicios de agua 
  El Pleno del Ayuntamiento de Villamanta, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2016, acordó la aprobación provisional de la ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa por los servicios de aducción y distribución de agua y por los servicios de alcantarillado de este Ayuntamiento de Villamanta.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Villamanta, a 1 de febrero de 2016..El alcalde, Valentín Pereira Fresno.
  (03/3.898/16)</texto>
</documento>