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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 89 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>36</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 144 
 Madrid número 10. Ejecución 89 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 89 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Osvaldo Cabrera Peralta, frente a “Alfer Acondicionamientos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 14 de enero de 2016.
  Parte dispositiva:
  Estimando la solicitud de ejecución de la sentencia formulada por don Osvaldo Cabrera Peralta, frente a “Alfer Acondicionamiento, Sociedad Limitada”, declaro la extinción de la relación laboral existente entre las partes, condenando a la demandada al abono de la indemnización de 14.180 euros y 4.635 euros en concepto de salarios de tramitación.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2508/0000/64/ 0089/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alfer Acondicionamientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/2.280/16)</texto>
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