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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 6</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/02/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Oviedo número 6. Procedimiento 296 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>45</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 6 
 
 171 
 Oviedo número 6. Procedimiento 296 de 2015 
  EDICTO
  Doña Camino Campuzano Tomé, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Oviedo.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 296 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra la empresa “Linares Ferrallas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:
  Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, contra la empresa “Linares Ferrallas, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada citada a abonar a la entidad actora la cantidad de 1.159,20 euros por las cuotas reclamadas, más el importe de 231,84 euros en concepto de recargo por mora, en total, 1.391,04 euros.
  Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro, expídase certificación literal de la misma para su constancia en los autos de referencia.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Linares Ferrallas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Oviedo, a 27 de enero de 2016..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.100/16)</texto>
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