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    <titulo>– Galapagar. Régimen económico. Modificación y transferencia de créditos</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 36 
 Galapagar. Régimen económico. Modificación y transferencia de créditos 
  Por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 29 de enero de 2016, ha sido aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 04/2016, de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distintas áreas de gasto.
   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace saber que en la Intervención Municipal se halla expuesta al público la documentación del expediente.
  Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004 y por los motivos taxativamente enumerados en su número 2, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de formulación de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
  El expediente se considerará definitivamente aprobado si no se presenta ninguna reclamación.
  En Galapagar, a 22 de febrero de 2016..El sexto teniente de alcalde, delegado de Economía y Hacienda, Juan Antonio Francés Santaella.
  (03/6.688/16)</texto>
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