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    <fecha_publicacion>2016/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>León número 2. Procedimiento 753 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 2 
 
 208 
 León número 2. Procedimiento 753 de 2015 
  EDICTO
  Doña Raquel Martín Andrés, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de León.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Guillermo Villaroel Louzao, contra Fondo de Garantía Salarial, Administración Concursal de “Sociedad Anónima Hullera Vasco Leonesa” (don José Ignacio Álvarez-Canal Rebaque), “Minerplan, Sociedad Limitada”, “Sociedad Anónima Hullera Vasco Leonesa”, “Inproobras, Sociedad Limitada”, “Carbones del Norte, Sociedad Anónima”, “Cantil Inversiones, Sociedad Anónima”, “Centro de Investigación y Desarrollo, Sociedad Anónima”, “Talleres Peña el Castro, Sociedad Limitada”, “Industrias del Fenar, Sociedad Anónima”, “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número procedimiento ordinario 753 de 2015, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de Jurisdicción Social, citar a “Centro de Investigación y Desarrollo, Sociedad Anónima” y “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 9 de junio de 2016, a las diez y treinta y diez y cuarenta horas, en avenida  Sáenz de Miera, número 6, Sala 9, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
  En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
  Y para que sirva de citación a “Centro de Investigación y Desarrollo, Sociedad Anónima” y “Hulleras de Sabero y Anexas, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de León” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En León, a 17 de febrero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/6.962/16)</texto>
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