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    <titulo>Madrid número 80. Procedimiento 102 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80 
 
 55 
 Madrid número 80. Procedimiento 102 de 2015 
  EDICTO
  Doña Ángeles Garrigós Castejón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 102 de 2015, instados por la procuradora doña Patricia del Castillo-Olivares Barjacoba, en nombre y representación de doña Teodora Guzmán Roche, contra don Franflyn Feliz Bautista, en reclamación por divorcio contencioso, en los que se ha dictado en fecha 29 de enero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por la procurador doña Patricia del Castillo-Olivares Barjacoba, en nombre y representación de doña Teodora Guzmán Roche, contra don Franflyn Feliz Bautista, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
  Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días y previa acreditación de haber consignado el depósito que establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Franflyn Feliz Bautista, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal. 
  En Madrid, a 29 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/5.648/16)</texto>
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