<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160309-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES THAM</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/03/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Sociales THAM. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>58</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2016-03-09-58290220160083</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/03/09/BOCM-20160309-61.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/03/09/BOCM-20160309-61.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/03/09/BOCM-20160309-61.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/03/09/BOCM-20160309-61.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES THAM</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES THAM 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Mancomunidad de Servicios Sociales THAM. Régimen económico. Modificación presupuestaria 
  En la Secretaría-Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 169 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el expediente de modificación presupuestaria número 03/2016, crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanentes de Tesorería General, aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 11 de febrero de 2016.
  Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en los artículos 63.1 de la Ley 7/1985 citada, 151 de la Ley 39/1988 y 22 del Real Decreto 500/1990 a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente especificados en los números dos de dichos artículos, podrán presentar reclamaciones y sugerencias con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición, admisión de reclamaciones y sugerencias: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad. 
  c)	Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad.
  El expediente de modificación de crédito se considerará definitivamente aprobado, si durante el período de exposición al público no se hubiese presentado reclamación alguna. 
  Torrelodones, a 25 de febrero de 2016..La presidenta, Elena Biurrun Sainz de Rozas.
  (03/7.456/16)</texto>
</documento>