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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 1.084 de 2015-G</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4 
 
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 Madrid número 4. Juicio de faltas 1.084 de 2015-G 
  EDICTO
  Don Pedro José Hernández Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.084 de 2015-G se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Madrid, a 28 de diciembre de 2015..Vistos por el ilustrísimo señor don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez titular del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas por lesiones, registrados con el número 1.084 de 2015, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública; como denunciantes, don David Corredera Álvarez, don Juan Sala Simón y don Julián Vioque Domínguez, y denunciados, doña Jessica Tamara Cabral, don Adrián Emiliano Saidita, don Cristian José Alonso Hidalgo, don Martín Gonzalo Rivarola y don Claudio Javier Aguirre, procede en nombre de Su Majestad el Rey dictar la presente sentencia:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a doña Jessica Tamara Cabral, don Adrián Emiliano Saidita, don Cristian José Alonso Hidalgo, don Martín Gonzalo Rivarola y don Claudio Javier Aguirre, como autores responsables de las falta de lesiones, y sobre la responsabilidad civil debe condenarse a don Adrián Emiliano Saidita a que indemnice a don Julián Vioque Domínguez en 250 euros, y a don Claudio Javier Aguirre a que indemnice a don Juan Sala Simón en 250 euros, declarando de oficio las costas.
  Que debo absolver a don Cristian José Alonso Hidalgo de la falta de hurto, declarando de oficio las costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado por escrito y en la forma prevista en los artículos 795 a 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adrián Emiliano Saidita, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 10 de febrero de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/6.196/16)</texto>
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