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    <identificador>BOCM-20160323-42</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALGETE</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/03/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Algete. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>70</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALGETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALGETE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 42 
 Algete. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales 2016 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de las ordenanzas fiscales de cara al ejercicio 2016.
  1.  Modificar el artículo 15.1 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana:
  .	Donde dice: “los sujetos pasivos están obligados a practicar autoliquidación del impuesto y a ingresar su importe en la entidad bancaria que la administración municipal designe, en los plazos siguientes:”.
  .	Debe decir: “los sujetos pasivos están obligados a practicar declaración-autoliquidación del impuesto y a ingresar su importe en la entidad bancaria que la administración municipal designe, en los plazos siguientes:”.
  2.  Modificar artículo 3.1 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre extracción y reposición de saca de arenas, gravas y otros materiales de construcciones en terrenos públicos:
  .	Donde dice: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por la realización del aprovechamiento”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  3.  Modificar artículo 3.2 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con contenedores, mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas:
  .	Donde dice: “la obligación de contribuir nacerá por la concesión de la licencia correspondiente, o desde la fecha de iniciación de aprovechamiento”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  4.  Modificar artículo 2.1 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre ocupación de terreno de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa:
  .	Donde dice: “la obligación de contribuir nace desde el momento en que el aprovechamiento sea autorizado, o desde que el mismo se inicie, si se efectuara sin la correspondiente licencia municipal”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  5.  Modificar artículo 3 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalación de quioscos en la vía pública:
  .	Donde dice: “obligación de contribuir: la obligación de contribuir nace por el otorgamiento de la concesión administrativa o desde que se realice el aprovechamiento si se hiciera sin la correspondiente autorización”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  6.  Modificar artículo 2 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre ocupación de la vía pública de cabinas fotográficas, máquinas fotocopiadoras, cajeros automáticos, consolas informativas y similares en la vía pública:
  .	Donde dice: “obligación de contribuir: la obligación de contribuir nace por el otorgamiento de la concesión administrativa o desde que se realice el aprovechamiento si se hiciera sin la correspondiente autorización”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  7.  Modificar artículo 2 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa sobre instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico:
  .	Donde dice: “obligación de contribuir: la obligación de contribuir nace desde el momento en que el aprovechamiento sea autorizado, o desde que el mismo se inicie, si se efectuara sin la correspondiente licencia municipal”.
  .	Debe decir: “nacimiento de la obligación: la obligación de contribuir nacerá por el inicio del aprovechamiento; y en todo caso cuando se presente la solicitud que inicie la actuación o el expediente, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente”.
  8.  Modificar artículo 4.1 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entienda la administración o las autoridades municipales:
  .	Donde dice: “la obligación de contribuir nace con la presentación del escrito o documento que haya de entender la Administración o, en su caso, en el momento de expedir el documento cuando se efectúe de oficio”.
  .	Debe decir: “la obligación de contribuir nace con la presentación del escrito o documento que haya de entender la Administración, en cuyo caso deberá ingresarse con carácter de depósito previo, el importe de la tasa en base a los datos que aporte el solicitante y lo establecido en esta ordenanza o en su caso, en el momento de expedir el documento cuando se efectúe de oficio”.
  En Algete, a 10 de marzo de 2016..La concejala-delegada, Beatriz María González de Castejón Rodríguez-Salmones. 
  (03/9.509/16)</texto>
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