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    <titulo>Santa Cruz de Tenerife número 2. Procedimiento 307 de 2015</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2 
 
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 Santa Cruz de Tenerife número 2. Procedimiento 307 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Ovelleiro Medina, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 307 de 2015, en materia de despido disciplinario, a instancias de don Antonio Gaeta Fioretti, contra Fondo de Garantía Salarial y “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, se han dictado auto con fecha 24 de febrero de 2016 y decreto de fecha 25 de febrero de 2016, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancias de don Antonio Gaeta Fioretti, contra Fondo de Garantía Salarial y “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un principal de 34.286,67 euros, más 5.485,86 euros de intereses y costas provisionales.
  Se autoriza solicitar información patrimonial de la ejecutada a la Administración Tributaria.
  Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días, ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Parte dispositiva:
  Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial en cantidad suficiente a cubrir la suma de 34.286,67 euros de principal, más 5.485,86 euros que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
  Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes y derechos de la entidad ejecutada “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas.
  Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan.
  Hágase saber a la deudora que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banco Santander”, si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, incluyendo en el apartado de “Observaciones” el número de cuenta del Juzgado 3795/0000/64/0307/15, ejecución de títulos judiciales número 307 de 2015.
  Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Antonio Gaeta Fioretti.
  Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de tres días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/8.482/16)</texto>
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