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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 197 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 117 
 Madrid número 24. Ejecución 197 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 197 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Nicolás Terreno Gimeno, frente a “Chicheno, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda dejar sin efecto la adjudicación de los bienes:
  1.  “Volvo” FM/FH, 42T, matrícula P6928BBV.
  2.  Semirremolque caja “Lecitrailer”, modelo SR 3E, matrícula SS4251R.
  3.  Semirremolque caja “Fisa”, modelo FSR3CS136NS, matrícula ORO1341R.
  Ascendiendo nuevamente el principal adeudado a la cantidad de 40.623,22 euros.
  Remitiéndose despacho a los Registros oportunos.
  Dejando sin efecto la entrega de dichos vehículos, así como su adjudicación.
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 40.623,22 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Chicheno, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firma la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chicheno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de marzo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/9.616/16)</texto>
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