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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/04/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdilecha. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdilecha</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDILECHA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 42 
 Valdilecha. Organización y funcionamiento. Delegación funciones 
  De conformidad con el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, la publicación de las resoluciones de Alcaldía y acuerdos del Pleno que afecten delegaciones.
  A tales efectos, se hace saber para general conocimiento que el alcalde ha efectuado la siguiente delegación:
  Decreto 65/2016, de 10 de marzo
  Delegación de concejales:
  “(…) en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, mediante el presente resuelvo:
  1.o  Delegar el Área de Festejos, Nuevas Tecnologías, Juventud y Turismo en doña María Carmen Gómez Cediel.
  2.o  La delegación comprende las facultades de dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes al área de delegación, pero no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, debiendo dar cuenta de su gestión a esta Alcaldía, y sin perjuicio de la facultad de avocación en cualquier momento de determinadas competencias delegadas con arreglo a la legislación vigente.
  3.o  Las presente delegación surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha de este decreto, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  4.o  Notificar el presente acuerdo a la interesada y dar cuenta al Pleno de su contenido en la primera sesión que celebre. 
  Se entenderá aceptada tácitamente la delegación si en el plazo de tres días, contados desde la notificación, el delegado no hace manifestación expresa contraria de la aceptación”.
  Lo que se hace público para general conocimiento.
  Valdilecha, a 1 de abril de 2016..El alcalde-presidente, José Javier López González.
  (03/11.920/16)</texto>
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