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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 84 de 2016</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 103 
 Madrid número 7. Procedimiento 84 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 84 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramiro Federico Cuéllar, frente a “Vacaria Restauración, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación del letrado don Alejandro Asensio Muñoz..En Madrid, a 18 de marzo de 2016.
  Estimándose justificado el motivo alegado por la parte demandante para solicitar la suspensión de los actos de conciliación y juicio que están señalados para el día 25 de abril de 2016, a las once y cuarenta horas, se acuerda la suspensión de los mismos.
  Se señala nuevamente para dichos actos la audiencia del 11 de mayo de 2016, a las diez y treinta horas.
  Cítese a las partes y demás personas convocadas en forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.
  Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así, lo acuerdo y firmo. Doy fe..El letrado de la Administración de Justicia.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vacaria Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de abril de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/13.655/16)</texto>
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