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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/04/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 1.215 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 
 155 
 Madrid número 39. Procedimiento 1.215 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rebeca Ballesteros Herrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.215 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Jaén Sanz, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Lidertime Company, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por doña Raquel Jaén Sanz, contra la empresa “Lidertime Company, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar a la actora la cantidad de 34.468,18 euros, más otros 3.446,818 euros en concepto de interés legal por mora.
  Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se realiza declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones contenidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social que la suscribe en el día de su fecha celebrándose audiencia pública..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lidertime Company, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de marzo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/11.664/16)</texto>
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