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    <titulo>– Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 23 
 Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones 
  Número código convocatoria: 303162.
  Extracto del decreto del concejal-delegado del Área de Economía y Nuevas Oportunidades, de 1 de abril de 2016, por el que se convocan subvenciones para el fomento de la instalación de nuevas empresas en la ciudad de Alcobendas.
  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
  Primero.  Beneficiarios..Empresas o empresarios/as individuales dados de alta censal en Hacienda, tanto en actividades empresariales como en actividades profesionales, que tengan abierto local o establecimiento de negocio en Alcobendas a partir del 1 de enero de 2015.
  Las empresas han de ser micro, pequeña o mediana empresa, conforme a la recomendación de la Comisión Europea de la Unión Europea, de 6 de mayo de 2003.
  La actividad económica en Alcobendas debe estar en funcionamiento en el momento de la solicitud y no haber obtenido anteriormente subvención municipal por el mismo concepto.
  Segundo.  Objeto..Fomentar e impulsar la instalación de actividades empresariales en Alcobendas, como medida generadora de riqueza y empleo en esta ciudad, mediante la subvención para la puesta en marcha de una actividad económica; asimismo, como es objetivo municipal impulsar la utilización de los servicios electrónicos de la Administración Pública, se pretende fomentar el uso de los servicios de tramitación telemática que se prestan en el Punto de Apoyo al Emprendedor (en adelante, PAE) para la creación de nuevas empresas.
  Tercero.  Bases reguladoras..Ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones en materia de desarrollo económico, fomento del empleo y comercio del Ayuntamiento de Alcobendas (páginas 108 y siguientes del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 28 de julio de 2014).
  También disponible en las webs municipales www.alcobendas.org y www.empren dealcobendas.org
  Cuarto.  Cuantía..El Ayuntamiento de Alcobendas con cargo a la partida 581-24105-47000 destina una cuantía total de 60.000 euros.
  El importe de la subvención no será superior a los 3.400 euros para un/a mismo/a beneficiario/a.
  La cuantía de cada subvención vendrá determinada de la siguiente manera:
  .	Para actividades iniciadas sin local comercial, y cuya tramitación no se haya realizado a través de PAE: 400 euros.
  .	Para actividades iniciadas sin local comercial y cuya tramitación se haya realizado a través de PAE: 500 euros.
  .	Para actividades iniciadas con local comercial y cuya tramitación no se haya realizado a través de PAE: un local, 1.500 euros; dos o más locales, 3.000 euros.
  .	Para actividades iniciadas con local comercial y cuya tramitación se haya realizado a través de PAE: un local, 1.700 euros; dos o más locales, 3.400 euros.
  De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones, el procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva, estableciéndose como criterio de valoración la fecha de entrada de la solicitud de subvención en los registros oficiales. En caso de empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga el número de registro de entrada más bajo.
  No obstante, en el supuesto de que el crédito disponible fuera suficiente, no será necesaria la aplicación del criterio de valoración mencionado anteriormente.
  Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de un mes, a contar desde la publicación de este extracto de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Sexto.  Otros datos..Las solicitudes se presentarán en el modelo de la convocatoria denominado “Solicitud de subvenciones para el fomento de la instalación de nuevas empresas en la ciudad de Alcobendas”, el cual deberá estar debidamente cumplimentado y se acompañará original y fotocopia (para su cotejo) de la siguiente documentación:
  En todos los casos:
  I)  Documento de declaración censal de alta y la modificación si se ha instalado en el Alcobendas en el período subvencionable, en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 o 037) o DUE.
  II)  Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  III)  Documento que acredite que la persona que solicita la subvención ostenta la titularidad de la actividad desarrollada en el establecimiento o local, ubicado en el municipio de Alcobendas (cuando así sea requerido por la normativa de aplicación).
  IV)  Impreso, del Ayuntamiento de Alcobendas, “Comunicación de alta, modificación o baja de datos bancarios para proveedores y acreedores” (modelo a solicitar en el SAC).
  V)  Fotocopia del documento que acredite la identidad de la persona promotora o de la que ostente la representación legal, y documento público que acredite la representación alegada en su caso.
  VI)  En el caso de Comunidades de Bienes, la documentación solicitada se entenderá que la han de aportar todas y cada una de las personas comuneras y, asimismo, se obligará como personas físicas conjunta y solidariamente, debiéndose firmar la solicitud y las declaraciones responsables por todas las personas socias.
  Además, se aportará fotocopia del contrato de constitución de la Comunidad de Bienes o Sociedad Civil.
  VII)  Número de identificación fiscal de la empresa.
  VIII)  Escritura de constitución y escrituras de modificación (sociedades).
  IX)  Vida laboral de la empresa y en concreto del centro de trabajo para el que se solicita la ayuda. En el caso de empresarios o profesionales que estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores o equivalente, estos deberán aportar su vida laboral.
  X)  Certificado de estar al corriente de obligaciones con Hacienda y con el Ayuntamiento (o autorizar al Ayuntamiento su comprobación).
  XI)  Certificado de estar al corriente de obligaciones con Seguridad Social, tanto de la empresa como del empresario o profesional autónomo:
  .	En el caso de haber realizado la tramitación telemática, utilizando el PAE deberá aportar el documento único electrónico (DUE) debidamente firmado mediante firma electrónica.
  Será preciso cumplimentar todos los datos que se requieren en el impreso de la solicitud. Los anexos que acompañan a esta resolución se podrán descargar de las páginas web municipales (www.alcobendas.org y www.emprendealcobendas.org); asimismo, estarán publicados junto a la convocatoria en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
  En Alcobendas, a 4 de abril de 2016..El concejal-delegado del Área de Economía y Nuevas Oportunidades, Agustín Martín Torres.
  (03/15.071/16)</texto>
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