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    <titulo>– Alpedrete. Organización y funcionamiento. Reglamento Participación Ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALPEDRETE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Alpedrete. Organización y funcionamiento. Reglamento Participación Ciudadana 
  El Pleno del Ayuntamiento de Alpedrete, en sesión ordinaria celebrada el 31 de marzo de 2016, acordó aprobar provisionalmente el Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Alpedrete.
  De conformidad a lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Alpedrete, a 13 de abril de 2016..El alcalde, Carlos García-Gelabert Pérez.
  (03/13.852/16)</texto>
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