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    <identificador>BOCM-20160428-21</identificador>
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    <departamento>Consejería de Economía, Empleo y Hacienda</departamento>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 21 de marzo de 2016, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados del Sindicato Unión Independiente de Trabajadores (UIT) (depósito 2578)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA 
 
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 RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2016, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados del Sindicato Unión Independiente de Trabajadores (UIT) (depósito 2578). 
  Visto el escrito presentado por don Manuel Francisco Ruiz Álvarez, en representación de la organización sindical denominada Unión Independiente de Trabajadores (UIT), y teniendo en cuenta los siguientes
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que el citado sindicato presentó escrito en el Registro de la Oficina Pública de Depósito de Estatutos, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
  Entre las modificaciones acordadas se incluye el cambio de domicilio (artículo 4), que se establece en la plaza Sierra de Gredos, número 3 (local), 28923 Alcorcón, Comunidad de Madrid. Asimismo, se modifican los artículos 7, 10, 11.c), 11.f), 14.h), 14.i), 15.g) ,15.h) y 37 de los estatutos.
  A la solicitud se adjuntó el acta de la Asamblea celebrada el 25 de enero de 2016, en la que se acordó la modificación completa de los estatutos.
  Segundo
  Que examinada la documentación presentada se comprobó la existencia de alguna deficiencia, por lo que se requirió su subsanación. El requerimiento fue atendido por la organización sindical, de manera que se cumplen todos los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales.
  A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que, del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.4 del mismo texto legal.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  El depósito de la modificación de los estatutos de la organización sindical denominada Unión Independiente de Trabajadores (UIT), en los términos recogidos en el antecedente de hecho primero, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).
  Madrid, a 21 de marzo de 2016..El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.
  (03/11.097/16)</texto>
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