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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/04/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Escorial</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 70 
 El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación competencias 
  Por resolución de la Alcaldía, de 15 de abril de 2016, se ha resuelto lo siguiente:
  Visto el decreto 162/2015, de 22 de junio, en el que se delegan en la Junta de Gobierno competencias de esta Alcaldía-Presidencia, y considerando la necesidad de concentrar en este órgano todas las competencias en materia de subvenciones para la mejor organización municipal.
  En virtud de lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 35.2 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, vengo en delegar en la Junta de Gobierno Local la competencia relativa a la aprobación de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones, resolución de sus concesiones y aprobación de sus justificaciones. 
  Derogar el apartado 18 del punto cuarto del decreto de Alcaldía-Presidencia 162/2015, manteniendo el resto del decreto plena vigencia. 
  En El Escorial, a 18 de abril de 2016..La concejala de Régimen Interior, Concepción Vicente Berzal.
  (03/14.383/16)</texto>
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